ISSN-L: 0798-1015 • eISSN: 2739-0071 (En línea) - Revista Espacios – Vol. 43, Nº 12, Año 2022
TORRES-GASTELÚ, C.A. «Percepciones de estudiantes universitarios de México y Colombia sobre el acceso
de información gubernamental»
Por otra parte, se encuentran las interacciones en línea que realizan los individuos en cuanto a protección de sus
datos personales. En este sentido, uno de los mecanismos que existen para la gestión de los datos personales
tiene que ver con los términos y condiciones que aparecen en los sitios web o bien por el aviso de privacidad
respectivo. En todo caso, ambos mecanismos buscan informar al usuario los propósitos del tratamiento al que
serán sometidos sus datos personales. Autores como De la Maza y Momberg (2017) señalan que en general, las
personas no dan la suficiente atención a los contratos electrónicos, en especial los contratos que se presentan
en los sitios web en el día a día.
La responsabilidad sobre el uso de los datos personales de los individuos recae tanto en las instancias
gubernamentales como en los usuarios, por lo que la defensa de la privacidad y los datos personales representan
un desafío en los gobiernos (Galvis y Salazar, 2018). Este autor destaca que, en el caso de los individuos también
se convierte en un reto el desarrollar una cultura digital que comprenda el uso responsable de la tecnología en
términos de la protección eficaz de sus datos personales.
Dada la relevancia que ha cobrado estos temas a nivel internacional, diversos gobiernos latinoamericanos se han
dado a la tarea de crear organismos nacionales que apoyen los procesos de acceso a la información pública, la
privacidad y la seguridad de los datos personales de sus ciudadanos. En México, existe el Instituto Nacional de
Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI), organismo constitucional
autónomo garante del cumplimiento de dos derechos fundamentales: el de acceso a la información pública y el
de protección de datos personales. Referente al derecho de acceso a la información pública, el INAI “garantiza
que cualquier autoridad o persona física, moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de autoridad
entregue la información pública que un individuo solicite” (2022).
En tanto, para el derecho de protección de datos personales, “garantiza el uso adecuado de los datos personales,
así como el ejercicio y tutela de los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición” (INAI, 2022) que
toda persona tiene con respecto a su información en cumplimiento con la Ley Federal de Protección de Datos
Personales en posesión de particulares. Los principios básicos que contempla esta legislación son: Información,
Elección, Transferencia, Seguridad, Integridad, Acceso, Cumplimiento y Consentimiento (Garza y Leal, 2020).
Por su parte, en Colombia la Superintendencia Industria y Comercio “es la autoridad nacional de protección de
la competencia, los datos personales y la metrología legal, protege los derechos de los consumidores y administra
el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, a través del ejercicio de sus funciones administrativas y
jurisdiccionales” (SIC, 2022). Una de las funciones de la SIC colombiana es la protección de datos personales, la
cual tiene como propósito “garantizar que en la recolección, el uso, la circulación y el tratamiento de datos
personales se respeten los principios, derechos, garantías y procedimientos previstos en la Constitución y en la
Ley Derecho al debido tratamiento de datos personales” (SIC, 2022).
Ahora bien, Flores-Espinoza (2020) señala que, para el caso mexicano, la situación actual supera a las normas de
regulación de acceso y protección de datos de entes reguladores como el INAI debido al grado de complejidad
que muestra dar acceso y protección a la información en la actualidad. Este autor señala dos problemas que
limitan el cumplimiento del objetivo en el INAI. El primero son los tiempos para acceder a la información pública
son tardados y el otro es la baja especialización de los sujetos obligados. En el mismo sentido, Avalos (2021)
indica que la legislación mexicana requiere ser revisada para que se adapte de manera más adecuada y eficaz a
la realizad del país, así como la necesidad de los ciudadanos de contar con una asistencia legal permanente en la
tramitación de los procedimientos ante los órganos garantes debido a la falta de comprensión de los términos y
trámites de los particulares.