Vol. 39 (Nº 29) Año 2018. Pág. 1
Eduardo DÍAZ Ocampo 1
Recibido: 19/02/2018 • Aprobado: 12/03/2018
2. Consideraciones en torno a la Didáctica y la Pedagogía
RESUMEN: El presente trabajo trata de aclarar los procedimientos para la evaluación de impacto académico de los programas de educación a distancia. Se toma en cuenta que la modernización del aula de estudio sirve de elemento de apoyo al proceso educativo. La importancia de los idiomas, la ciencia, la tecnología, ciencias sociales, el comercio es fundamental para el análisis del futuro de estas instituciones. |
ABSTRACT: The present work tries to clarify the procedures for the evaluation of academic impact of distance education programs. It is taken into account that the modernization of the study room serves as an element of support for the educational process. The importance of languages, science, technology, social sciences, trade is fundamental for the analysis of the future of these institutions. |
La educación está inmersa en una profunda revolución, condicionada por las exigencias que a ella le plantea la sociedad actual, por lo que se aboga por un profesional competente, cuyos modos de actuación estén en correspondencia con el desarrollo de la educación científica del siglo XXI, razón por la que la educación superior en la nación de Ecuador debe enfrascarse en preparar un profesional altruista, autónomo y creativo.
Nuestros contemporáneos experimentan una sensación de vértigo al verse ante el dilema de la globalización, cuyas manifestaciones ven y a veces sufren, ante su búsqueda de raíces, referencias y pertenencias. La educación debe afrontar este problema porque se sitúa más que nunca en la perspectiva del nacimiento doloroso de una sociedad mundial, en el núcleo del desarrollo de la persona y las comunidades. La educación tiene la misión de permitir a todos sin excepción hacer fructificar todos sus talentos y todas sus capacidades de creación, lo que implica que cada uno pueda responsabilizarse de sí mismo y realizar su proyecto personal.
En este íter histórico, se constata como las universidades llegaron a América [...] como un producto experimentado y surgido del contexto histórico europeo. Fueron transplantadas y recibidas aquí junto con el poder real y con la cruz. Unas fueron autorizadas por el Papa, como las de Santo Domingo, Bogotá y Quito; otras por el Rey, como en los casos de las Universidades de México, Lima y Santiago de la Paz (Santo Domingo). Al igual que en Europa, su tierra de origen, la universidad americana quedó colocada desde su propia instalación en el Nuevo Mundo entre los poderes eclesiástico y real. Pero, a diferencia de las viejas universidades europeas, ella nació de la voluntad de esos poderes antes que desarrollarse contra ellos, como ocurrió en París, Oxford o Bolonia.
Es un hecho, que la universidad forma profesionalmente al abogado (estudios de carreras), incorporada al antiguo ideal iluminista del Estado docente, encierra -gracias a la acción de Andrés Bello- los elementos decisivos para la configuración de una idea del Estado que será característica de la América Latina del siglo XIX, dice en su postura Steger (1974), cuyo último capítulo se titula precisamente "La universidad de abogados en el siglo XIX".
Por ello, se considera que la tarea de formar e informar a los juristas debe ser una preocupación de todos, se trata de formar un profesional vinculado a la problemática social, que comprenda la naturaleza real del Derecho como ciencia, donde se logre combinar propósitos prácticos y profesionales con otros estrictamente teóricos o científicos, como es el caso de la aplicación de las herramientas que aporta la informática desde el pasado siglo XX.
Por consiguiente, el sistema de conocimientos en la enseñanza del Derecho, no tiene sentido sin la existencia de los mecanismos de su estructuración, conservación y aplicación; por eso en el desarrollo del pensamiento lógico aparecen las habilidades como expresión de la sistematización de procedimientos, técnicas y métodos, como estructuras del pensamiento que permiten asimilar, conservar, utilizar y exponer los conocimientos adquiridos. Se estructuran en operaciones que constituyen su estructura técnica, formadas y desarrolladas a través de la ejercitación de las acciones y se convierten en modos de actuación que dan solución a tareas teóricas y prácticas. Álvarez (1997).
En este plano social, se aprecia que las perspectivas de la Educación Superior que se perciben para el siglo XXI, como los principales retos de las que se derivan de las nuevas sociedades multiculturales para la educación superior, Villapalos (1998). Al iniciar el siglo XXI, las Universidades e Instituciones de Educación Superior se enfrentan a sociedades cada vez más globalizadas, interconectadas a través de las nuevas tecnologías de la información y con un entorno cada vez más complejo, cambiante y diverso culturalmente que demanda de nuevas respuestas formativas, tanto para los docentes como para los estudiantes. Rubio (1996).
Con la intención de encontrar soluciones para estos desafíos, y de poner en marcha un proceso de profunda reforma de la educación superior, la UNESCO convocó en 1998, a la “Conferencia Mundial sobre la Educación Superior en el siglo XXI: Visión y acción” a las naciones del planeta. Como parte de los preparativos de esta Conferencia, la UNESCO publicó en 1995, su documento de orientación sobre Cambio y desarrollo en la educación superior. Ulteriormente se celebraron cinco consultas regionales (La Habana, noviembre de 1996; Tokio, julio de 1997; Palermo, septiembre de 1997, y Beirut, marzo de 1998). En la Declaración se aprecia cómo se toman debidamente en cuenta, sin perder de vista el carácter propio de cada documento, las declaraciones y planes de acción aprobados por esas reuniones, que se adjuntan a la misma, así como todo el proceso de reflexión generado por la Conferencia Mundial. Domínguez (2002).
Por ello, el ensayo propone como objetivo enriquecer la cultura didáctica y pedagógica del profesor que contribuya a su fructífera inserción en la práctica docente universitaria, teniendo en cuenta que de éste se espera un amplio dominio de la ciencia, del arte y el uso aplicación de la tecnología, como contribución a la formación integral del estudiante universitario del siglo XXI en torno a la enseñanza y formación del abogado ecuatoriano con competencias. En tal sentido resulta necesario hacer énfasis en que se necesita para aprender al Derecho, cómo aprender los estudiantes las categorías jurídicas, los conceptos fundamentales y la importancia del orden jurídico en la sociedad. Para el logro de esta meta, se hace un análisis sobre los criterios teóricos acerca del proceso enseñanza-aprendizaje.
La didáctica es una de las ramas de la pedagogía. El desarrollo de la pedagogía como ciencia de la educación estuvo unido al desarrollo de la didáctica, considerada actualmente como una ciencia independiente. Desde su origen el término de la didáctica estuvo relacionado con la enseñanza, proviene del griego didaktike que significa yo enseño, el término didáctica se utilizó para designar la disciplina que estudia el proceso de instrucción que tiene lugar en la escuela. Con igual significado la utilizó Comenius en su Didáctica Magna (1657) distinguiéndola como la disciplina que se constituye en el ambiente de organización de las reglas del método para hacer que la enseñanza sea eficaz. Al respecto, los puntos de partida y las cuestiones fundamentales sobre la educación planteadas por este ministerio evangélico continúan teniendo similitud por cuanto Comenius transformó los supuestos pedagógicos y colocó a los estudiantes como centro del fenómeno educativo al determinar qué profesores, textos, aulas y métodos debían concurrir a su servicio, y es esto precisamente lo que hace grande la obra pedagógica de Comenius, al declarar que el asunto fundamental del proceso educativo está en el aprendizaje, y que en todo lo demás que compone la actividad de la enseñanza debe concebirse y funcionar como facilitador de dicho proceso.
La Didáctica del Nivel Superior, como área temática de interés y como disciplina científica específica, ha ido planteando sus bases y primeros hitos a partir de la década de 1950, en países de Europa y en Estados Unidos de Norteamérica. También hubo algunos primeros pasos en Latinoamérica durante dicha década, como las primeras acciones institucionales de concreción de Unidades de Pedagogía Universitaria en las Universidades Nacionales del Litoral (UNL) y de Buenos Aires (UBA). En la década del 70, Nassif (1974) planteaba desde una dimensión teórica el lugar de la Pedagogía Universitaria y su valor para la construcción de una Universidad de cara a su transformación Lucarelli (2007). En la Argentina hay hitos importantes en la misma época, dando lugar a producción científica sobre la formación y la enseñanza universitaria, lo que fue configurando el campo de la Pedagogía Universitaria y la Didáctica del Nivel Superior, tanto en el país como en Latinoamérica en general.
Por otra parte, un colectivo de autores cubanos en la década de los 80' del pasado siglo XX, consideró … “la Didáctica o Teoría de la enseñanza tiene por objeto de estudio el proceso de enseñanza de una forma integral. Actualmente tiene como objeto: la instrucción, la enseñanza, incluyendo el aspecto educativo del proceso docente y las condiciones que propicien el trabajo activo y creador de los alumnos y su desarrollo intelectual” …
Díaz Barriga (1992) sostiene en su postura … “la Didáctica es una disciplina con una triple dimensión: teórica - histórica- política. Es teórica porque responde a concepciones amplias de la educación, de la sociedad, del sujeto. Es histórica en cuanto que sus propuestas son resultado de momentos históricos específicos, pudiéndose establecer una relación entre sus modelos y el conjunto de condiciones sociales que los circunscribe. Y es política porque su propuesta no es aislada, sino que se corresponde a un modelo político- social” ...
Sin embargo, Álvarez de Zayas (1999), asume una postura diferente del objeto de estudio para la Didáctica, al reconocer que, … “la misma plantea dirigir el desarrollo del proceso docente educativo para así dar solución a la problemática planteada por la sociedad a la escuela, de formar un egresado que esté preparado para la vida social y su tarea en la sociedad” ...
Homero Fuentes (2001), expresa por su parte … “la Didáctica es una ciencia cuyo objeto de estudio es el proceso docente educativo o proceso de enseñanza aprendizaje y su objetivo está dado en la búsqueda de su perfeccionamiento para lograr la formación integral de las jóvenes generaciones” ...
En otras palabras, se pondera en el ensayo que, es la ciencia que estudia el objeto proceso de enseñanzas aprendizaje y posee las características de un sistema teórico: conceptos, categorías, leyes y una estructura particular de sus componentes que determinan una lógica interna en la que intervienen condiciones sociales. Dado su carácter científico se apoya en posturas filosóficas acerca de la naturaleza, la sociedad y el pensamiento, posturas sociológicas acerca del hombre, de la sociedad, de la educación, posturas epistemológicas acerca del propio conocimiento y de la ciencia, posturas psicológicas acerca de cómo aprenden los seres humanos, posee métodos para investigar su objeto y un sistema de categorías, leyes y principios que permiten su análisis y comprensión.
El objeto de estudio de la Didáctica se va construyendo, configurando de lo existente. De ahí, que la realidad por lograr se modele. El carácter obligatoriamente práctico y constructivo de la Didáctica exige un desarrollo normativo, prescriptivo, que oriente la construcción del objeto.
Desde la perspectiva de la enseñanza del Derecho, se considera que el proceso de enseñanza-aprendizaje se ha conformado a partir de la determinación del conjunto de problemas con cierta afinidad a un encargo social, a la necesidad de formar a las nuevas generaciones de acuerdo con los intereses de la sociedad, lo que se manifiesta en la actividad pedagógica. Lo que permite ponderar que la formación del profesional del abogado cobra especial significación, ante los dilemas de la ciencia al ser el profesional que se le encomiendan decisivas funciones en la sociedad, tanto en la esfera cultural, en la económica, y la política. Son los artífices y portavoces del sistema jurídico y están llamados a interpretarlo, aplicarlo y perfeccionarlo en interés de la sociedad; por lo que la enseñanza de esta disciplina debe sustentarse desde la didáctica y la Pedagogía, para dotarlos de competencias en sus modos de actuación como juez, fiscal, abogado, etc.
Es por ello, que cuando se habla de los requerimientos de la educación superior en el siglo XXI, se toma como referencia las tendencias existentes, como son la globalización, el neoliberalismo, la educación a distancia, las tecnologías de la información y la comunicación, también se analizan las nuevas formas de aprender de los educandos, pero en contadas ocasiones se menciona en que paradigma se debe basar esta educación, que modelos didácticos y pedagógicos son los más adecuados para la misma, como influyen en la transformación de la educación los avances científicos y tecnológicos y como se debe de educar a los futuros profesionistas para interactuar en un mundo complejo en donde la incertidumbre es una condición común.
El surgimiento y desarrollo de las ciencias responde a las necesidades de la sociedad. La pedagogía como ciencia surge después de un largo proceso de desarrollo, pasando de experiencias cotidianas, de opiniones aisladas acerca de la educación a acabados sistemas pedagógicos. Las nuevas necesidades de la sociedad, motivadas por el desarrollo de las fuerzas productivas durante el feudalismo y el capitalismo, condicionaron el desarrollo de la educación, debido a ello en los albores de la sociedad capitalista como consecuencia de la lucha de la burguesía floreciente contra el feudalismo, la pedagogía surge como ciencia independiente. Es relevante la significación que tiene en este hecho la mencionada obra del educador Comenius (1592-1670), al elaborar un sistema educativo fundamentando la estructuración del proceso docente en la escuela.
En el desarrollo de la teoría pedagógica hicieron un gran aporte, entre otros los destacados filósofos y pedagogos como Rousseau (1712-1778), Pestalozzi (1746-1827), y Diesterweg (1790-1866). La nueva etapa en el desarrollo de la pedagogía esta vinculada al surgimiento de la teoría marxista leninista. La aparición del marxismo constituyo una verdadera revolución en el campo de la Filosofía y las otras ciencias entre la que se destaca la pedagogía. Los clásicos del marxismo ofrecieron la posibilidad de resolver sobre una base científica los problemas de la pedagogía, precisaron la esencia de la educación y su dependencia de las condiciones materiales de la sociedad, además demostraron su papel y su lugar en el desarrollo de la vida social.
La pedagogía como ciencia, tiene como objeto de estudio la educación como un proceso conscientemente organizado y dirigido, por eso se le puede llamar también ciencia de la educación. Partiendo de su objeto estudia las leyes de dirección del proceso pedagógico (leyes de la educación); determina los fundamentos teóricos del contenido y de los métodos de la educación, de la instrucción y de la enseñanza, estudia y aplica la experiencia mas avanzada en la esfera de la educación. La pedagogía concentra su atención en el estudio de la actividad del educador y del educando en correspondencia con el proceso pedagógico.
Se pondera que, la opción dentro de la pedagogía, es la de formar profesionales de perfil amplio sobre la base de complementar la formación teórica de éstos en los aspectos de las ciencias básicas y las ciencias de la profesión, en el ensayo la de la carrera de Derecho, lo que le permitirá una formación sólida y completa, como la estrategia instructiva más adecuada en nuestra época, partiendo de la convicción de que cada día la actividad profesional se vuelve más especializada y deben alcanzarse estos especialistas a partir de buenos profesionales de perfil amplio, que ejerzan la profesión y accedan a un cuarto nivel de formación, el postgrado, cuando los requerimientos de la actividad profesional o los cambios tecnológicos así lo demanden, es este uno de los elementos a valorarse en la Universidad del Ecuador en la formación de Magíster y Doctores en Ciencias.
Implementado en los campos de acción profesional de las partes del objeto profesional que expresan sus elementos esenciales, definiéndose los procesos generales de la profesión. Las esferas de actuación profesional, por su parte, son las distintas maneras en que se manifiesta el objeto de la profesión, constituyen el dónde, el escenario físico donde actúa el profesional, expresan, en la práctica, lo específico de la profesión. En el caso de la Ciencia del Derecho en su actuación como Juez, Fiscal, Abogado, y Docente universitario, entre otros.
En este sentido, es necesario reflexionar sobre la postura de Freire (2006), quien propone una pedagogía fundada en la ética y el respeto a la dignidad y autonomía del educando. Por su parte, Martínez & Sánchez (2015), establecen que la educación debe de ser problematizadora (esta es un elemento de liberación del pensamiento, con la acción y reflexión de educadores y educandos, estableciendo la crítica y buscando la transformación del mundo).
Por ello se precia que, ante la creciente globalización, los grandes avances en la ciencia y la tecnología, la constante movilidad de profesores, estudiantes y profesionales, el incremento de las redes de colaboración académica, las cada vez más exigentes políticas de calidad, las políticas de validar los conocimientos y actitudes de los egresados de cualquier carrera a nivel superior mediante competencias (instrumentales, interpersonales y sistémicas).
La enseñanza constituye el proceso de organización de la actividad cognoscitiva, incluye la asimilación del material estudiado o actividad del alumno (aprender) como la dirección de este proceso o actividad del maestro (enseñar).
La instrucción expresa el resultado de la asimilación de conocimientos, hábitos y habilidades, se caracteriza además por el nivel de desarrollo del intelecto y de las capacidades creadoras del hombre. La instrucción presupone determinado nivel de preparación del individuo para su participación en una u otra esfera de la actividad social.
El término proceso pedagógico incluye los procesos de enseñanza y educación, organizados en su conjunto y dirigidos a la formación de la personalidad, en este proceso se establecen relaciones sociales activas entre los pedagogos y los educandos sustentado en el logro de los objetivos de la sociedad.
A la luz de la Filosofía marxista leninista, se hace la valoración dentro del ensayo, de que la pedagogía juega un rol fundamental en el proceso de preparación y del conocimiento, y esta está dirigida a la formación de la personalidad en el que se establecen relaciones sociales que se aplican en todas las esferas de la vida. Siendo estos los elementos que me permitirán analizar la formación del jurista en los espacios académicos de la educación superior de Ecuador, necesarios para aportar un profesional del Derecho con competencias.
La Educación Superior ha alcanzado una relevancia por la necesidad de su desarrollo, el cual está signado por el rol que desempeña en la sociedad, que a nivel mundial se ha convertido en una sociedad condicionada por la generación del conocimiento particularmente científico, el procesamiento de la información y la comunicación de símbolos, que determinan ritmos formativos que no pueden ser enfrentados por métodos tradicionales. Ello implica la necesidad de introducir cambios profundos en la educación superior, en su gestión sociocultural transformadora de carácter profesional y sustentado en la investigación de avanzada, que, por su complejidad, diversidad y a la vez, especificidad, requieren de un discurso científico e investigativo propio, para el perfeccionamiento de los procesos universitarios en su vínculo social.
Por consiguiente, las universidades requieren ofrecer respuestas a la formación de profesionales para el mundo complejo que se desarrolla vertiginosamente, por demás, con asimetrías económicas, sociales y jurídicas, que implica la necesidad no sólo de la formación, sino de las investigaciones y la vinculación social y jurídica, para que llegue a ser un espacio permanente de desarrollo cultural que llegue a todos y durante toda la vida. Siendo con ello una universidad consecuente con el informe de la Comisión Mundial de Cultura y Desarrollo, cuando afirma: “El desarrollo en el Siglo XXI será cultural o no será”.
En este sentido es acertada la apreciación de Noble cuando dice … “ninguna institución está equipada como la universidad, pero el problema surge cuando únicamente enfatiza los requerimientos de la industria moderna en ingeniería y en ciencia, sin considerar el papel formativo que tiene el contacto con el conocimiento por el conocimiento mismo y la incidencia de este factor en la justipreciación de la irrenunciable dignidad humana” ...
Lo que nos lleva a ponderar que, la tarea de formar e informar a los juristas de estos tiempos, debe ser una preocupación de todos, se trata de formar un profesional que esté vinculado a la problemática social, para comprender la naturaleza real del Derecho como ciencia, valorado como un fenómeno en sí mismo, donde se logre combinar propósitos prácticos y profesionales con otros estrictamente teóricos o científicos. Por ello, en el sistema de conocimientos en la enseñanza del Derecho, no tiene sentido sin la existencia de los mecanismos de su estructuración, conservación y aplicación; por eso en el desarrollo del pensamiento aparecen las habilidades como expresión de la sistematización de procedimientos, técnicas y métodos.
Lo que nos lleva a reflexionar sobre la situación a la que se enfrenta la población mundial a principios del milenio, la que se traduce en un desafío para los educadores de todo el mundo, como los encargados de formar a las nuevas generaciones para cumplir su encargo social en este siglo XXI. La nación de Ecuador enfrenta nuevos y mayores retos, entre ellos la de formar ciudadanos capaces de procesar el caudal de información actual, comprender y actuar conscientemente en la solución de los problemas. Esto requiere un alto grado de habilidades como la observación, la obtención de información, la planificación de la misma, la solución de problemas y la comunicación de sus resultados, entre otras que, como procedimientos generales, le permitan profundizar en el conocimiento de la realidad y determinar sus características, establecer sus nexos, sus regularidades, es decir, poder conocer y fundamentar lo válido o no de sus productos.
Ello exige una Universidad y un profesor que aplique, en el proceso de enseñanza-aprendizaje en la formación del estudiante de Derecho, los métodos y procedimientos de la investigación, la dinámica de la ciencia y, sobre todo, estos exigen mayor sistematización e integración de los resultados de la investigación, los que se apropian con las habilidades en el quehacer del estudiante que su resultado sea un profesional con competencias en la era de los nativos digitales.
Nada, el siglo XXI, muestra nuevos retos para la enseñanza superior en la nación ecuatoriana, uno de estos en la transformación del proceso de enseñanza-aprendizaje en la carrera de Derecho para la formación del Abogado. La respuesta surge por sí sola: Juristas antes que prácticos; dotados de conocimientos que los conviertan en científicos antes que técnicos, que sean capaces de comprender y adaptar las normas que rigen la realidad social de la comunidad a cada transformación que sufra ésta, pues es únicamente el jurista es quien estará preparado para adecuar las normas a los nuevos requerimientos. Tomando como punto de análisis los conocimientos adquiridos con la Teoría general del Derecho.
Al abogado que se forma en la Universidad ecuatoriana se le deben crear habilidades, que logren ver al Derecho desde el punto de vista normativo y desde el punto de vista de la realidad jurídica, ya que estos se implican recíprocamente, pues la norma escrita, como principio básico general de la legalidad, solo determina apriorísticamente, las formas del comportamiento humano que estarán prohibido o permitido posterior a su promulgación, por lo que cada uno de sus operadores tienen como misión saber cómo se adecua cada comportamiento humano a estos principios generales. Lo que hoy en los planes de estudio no se realiza de manera adecuada, toda vez que hay ponderación en la enseñanza de la normativa jurídica.
Se valora que, desde que el estudiante de Derecho recibe sus primeras clases, debe el profesor potenciar sus habilidades, entiéndase, determinadas por la relación sujeto-objeto, en función de los problemas que debe resolver, durante su tránsito por los distintos años de la carrera, así como una vez graduado, las cuales estarán asociadas al tipo de conocimiento que este adquiera en su trayectoria como estudiante. Serán ineludible el conocimiento desde la Teoría general del Derecho, su vinculación interdisciplinaria y su basamento filosófico a través de la enseñanza problémica.
En lo anterior se aprecia cómo se dejó sentado que una de las vías de formar al jurista es a través de su ejercitación práctica, lo cual constituye en consecuencia un desafío, para configurar ésta, ha recibido el nombre de sistema de enseñanza de la práctica forense o clínica jurídica. Hoy la Universidad del siglo XXI, está necesitada de profesionales con competencias, por ello se pondera que los cambios acelerados en la tecnología y el nuevo entorno internacional son incidentes en esta formación. En ese lapso de tiempo se ha pasado, en mayor o menor grado, de una educación tradicional, escolarizada, cerrada, de limitado acceso y por un período determinado, a una educación moderna, abierta, a distancia, sin restricciones de acceso, continua y para toda la vida. Lo que implica nuevas formas de enseñar y de aprender, formas que implican importantes cambios tanto para los directivos como para los docentes y, aún más, para el propio sistema educativo, como es el caso del Ecuador.
Mestre Gómez (2016), en su postura sostiene … “Los programas de educación con una baja componente de presencialidad tienen una gran demanda en los momentos actuales a nivel mundial, sobre todo en lo que respecta a la educación de postgrado” ...
Las razones son múltiples, entre ellas se reseñan:
-La escasa disponibilidad de tiempo de los profesionales quienes, en ocasiones, se desempeñan en más de un puesto de trabajo.
-La flexibilidad que le aporta a dichos programas el uso de las tecnologías de la información y la comunicación, lo cual permite adecuarse a diversos contextos formativos.
-La posibilidad de dar respuesta a un elevado número de interesados, independientemente de su ubicación geográfica, con el uso de las Tics.
Por consiguiente, con la proliferación de acciones de capacitación a distancia por medios telemáticos requiere de conocer, de manera dinámica, cómo se reflejan las mismas en los destinatarios de los programas, es decir, la evaluación de su impacto académico tanto en el pregrado como el posgrado. El que puede ser visualizado en tres dimensiones, como el impacto del conocimiento, el impacto económico y el impacto social. En la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, la carrera de Derecho puede irradiar en la formación de grado en las carreras de Ciencias Forestales, Agrónomas, Contables, Económicas, Informáticas, Ambientales, Enfermería, entre otras; en materias específicas como el Derecho Ambiental, Derecho Laboral, Derecho Mercantil, Derecho de la Propiedad Industrial, Derecho Penal, Derecho Informático, Derecho Agrario, Derecho Civil, Derecho Constitucional, Derecho Sanitario y Derecho Tributario.
Hoy en la Universidad de Ecuador, y en especial en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, la carrera de Derecho está cerrada, precisa en su nueva reapertura de apostar en una renovación tanto en la formación del pregrado como el posgrado, que incida en su plan de estudios de la formación del abogado, que permita evaluar el impacto en los jóvenes que egresen, en las políticas del gobierno, del criterio de los empresarios al recibir el capital humano ya formado, incidentes en lograr alcanzar el nivel de calidad deseado con una carrera certificada, que pondere un profesional de la abogacía con competencias, como se exige en el siglo XXI con la nueva universidad.
Tenemos docentes con conocimiento en la materia, pero sin los adecuados conocimientos tecnológico. Hay muchas herramientas para utilizar en este momento, como parte de las estrategias enseñanza-aprendizaje, pero hay docentes que no las utilizan por desconocimiento o por temor, Rodríguez (2002).
Sin lugar a duda, “la universidad ecuatoriana va hacia donde le llevé la sociedad en su conjunto, pero, ante todo, su comunidad educativa y, de ésta, especialmente, el colectivo de docentes”, como manifesté en un artículo anterior, estando en el siglo XXI. Domínguez (2002).
La formación del abogado hoy se vincula con el ejercicio práctico de la profesión del futuro profesional, con una nueva tónica en la formación de competencias, algo no aplicado de manera adecuada en el Plan de Estudios como ya era citado. Para ello hay que superar el nivel científico del claustro de la carrera, con un mayor número de Doctores en Ciencias Jurídicas y en Ciencias Pedagógicas, con la creación de diversos Centros de Estudios que se dediquen y se comprometan a desarrollar investigaciones para perfeccionar el ordenamiento jurídico ecuatoriano en las materias civil, laboral, ambiental, mercantil, penal, entre otras. En respuesta a los proyectos de investigación como resultado de las políticas públicas que diseñe el gobierno del Ecuador, para el desarrollo de la nación, multiplicando estos conocimientos, con las Tics.
Para ello, la nación está necesitada de que la formación del futuro abogado ecuatoriano, tras su egreso del grado en Derecho, sea menos presencial, el país tiene esta potencialidad con el uso y aplicación de la red telemática, por lo que es un reto alcanzar esta formación a distancia, donde el estudiante se auto gestione sus estudios y a su vez los aplique en su ejercicio práctico como Juez, Abogado, Fiscal, u otra profesión que ejecute. Esto es uno de los retos que se ponderan en la UTEQ en el siglo XXI con el uso de las tecnologías que nos aporta la Ciencia Informática.
-Con el diseño del procedimiento para la evaluación de impacto académico de los programas de educación a distancia que se desarrolla en la Universidad Técnica Estatal de Quevedo, se contribuye al logro del conocimiento de la repercusión que tiene, en los profesionales del territorio, la formación de postgrado que se desarrolla con el apoyo de las tecnologías de la información y la comunicación.
-En el siglo XXI las Universidades se enfrentan a sociedades cada vez más globalizadas, interconectadas a través de las nuevas tecnologías de la información y con un entorno cada vez más complejo, cambiante y diverso culturalmente que demanda de nuevas respuestas formativas. Frente a esta situación, la Educación Superior cobra una importancia aún mayor que en el pasado, dado que tiene que hacer frente a estos desafíos la universidad ecuatoriana.
-La tecnología en la educación superior para el siglo XXI, permite la modernización en el aula, sin embargo, es prudente considerarla un elemento de apoyo al proceso educativo general. Está a de caracterizarse en el futuro, por tener un circulo diseñado para su competencia, resaltando los idiomas, la ciencia, la tecnología, las ciencias sociales, y el comercio, los valores, el medio ambiente y la capacidad para el análisis del futuro.
AA. VV. (2010) La formación y el desarrollo profesional docente, Editorial CMYK Diseños e Impresos, Colombia.
AA. VV. (2008) Metas educativas 2021. La generación que queremos para la generación de los Bicentenarios, 1ra versión, Organización de Estados Iberoamericanos para la Educación, la Ciencia y la Cultura, Madrid.
ANTÚNEZ SÁNCHEZ, A. y RONDÓN VALDÉS, J. (2016) La formación de habilidades en los estudiantes de la Carrera de Derecho. Mapas conceptuales. Aprendizaje cooperativo. Un recurso indispensable en la formación universitaria, Universidad de Valencia, España.
ANTÚNEZ SÁNCHEZ, A. (2017) La enseñanza virtual del Derecho. Una aproximación en la Universidad Cubana, Revista pedagogía universitaria y didáctica del Derecho, Universidad de Chile.
ANTÚNEZ SÁNCHEZ, A. (2017) La formación de habilidades en estudiantes de Derecho, una tarea de formar no de informar. Revista científica educacional Blas Roca, Numero 1, Universidad de Granma, Cuba.
ÁLVAREZ, C. (1995) La Escuela en la Vida, Universidad San Francisco Javier de Sucre, Bolivia.
ÁLVAREZ, I. (1999) El proceso y sus movimientos: Modelo de la Dinámica del Proceso Docente Educativo en la Educación superior. Tesis en opción al grado científico de Doctor en Ciencias Pedagógicas. CEES "Manuel F. Grant" Universidad de Oriente.
ANECA (2007) Libro Blanco del Título de Grado en Derecho, Madrid. Disponible: http://www.aneca.es/activin/docs/libroblanco_derecho_def.pdf
AÑORGA MORALES, J. (2000) La Educación Avanzada, Editorial Octoedro, Barcelona, España.
BELINCHÓN ROMO, M. (2011) Nuevas técnicas de aprendizaje aplicadas en el ámbito de la enseñanza del Derecho: el trabajo en grupo como parte del aprendizaje colaborativo, Enlaces, Revista del CES Felipe II, n.°13, España.
BRUNER, J.J. (2009) Tendencias Internacionales de la Educación Superior, Universidad Adolfo Ibáñez, Chile.
BRUNNER, J. J. (2000) Educación: escenarios de futuro. Nuevas tecnologías y sociedad de la información. Preal-Fundación Chile.
CABERO ALMENARA, J. (2006) Comunidades virtuales para el aprendizaje. Su utilización en la enseñanza. EDUTEC. Revista Electrónica de Tecnología Educativa, n.° 20, España.
CABERO ALMENARA, J. & LLORENTE, C. (2008) La formación semipresencial a través de redes telemáticas (blended learning) Editorial Da Vinci, España.
CARBONELL, M. (2002). La enseñanza del derecho en México, UNAM, Instituto de Investigaciones Jurídicas, México.
CARMONA LARA, M. (1981) Derecho ecológico, Revista jurídica, UNAM, México.
COMENIO, J. (2004) Didáctica Magna, Editorial Porrúa, México.
COBAS COBIELLA, M. E. y GUILLEN CATALÁN, R. (2008) La práctica del Derecho a través de los despachos virtuales, Universidad de Valencia, España.
COBAS COBIELLA, M. E. (2014) El aprendizaje cooperativo: una competencia imprescindible para la formación de los juristas, Revista Boliviana de Derecho, La Paz, pp.604-621.
CEPAL-UNESCO (2005) Invertir mejor para invertir más. Financiamiento y gestión de la educación en América Latina y el Caribe, Santiago de Chile.
DÍAZ, B. (1992) Didáctica: Aportes para una Polémica; Editorial Aique, Buenos Aires.
FUENTE, H. (2002) Teoría Holístico Configuracional y su aplicación a la Didáctica de la Educación Superior, Editorial Universidad de Oriente, Cuba.
FREIRE, P. (2006) Pedagogía de la Autonomía. Saberes necesarios para la práctica educativa, 11na. edición en español, Editorial Siglo XXI, Argentina.
FERNANDEZ BITERLICH, P. (2001) Manual de Derecho Ambiental chileno, Editorial jurídica Chile, Santiago.
GONZÁLEZ, D. Didáctica, dirección del aprendizaje, Editorial Cultural, La Habana, 2000.
MARTÍNEZ, E., & SÁNCHEZ, S. (2015) Universidad de Huelva, figuras de la pedagogía. (P. d. Paulo Freire. Disponible en: http://www.uhu.es/cine.educacion/figuraspedagogia/0_paulo_freire.htm
MASS-TORELLÓ, Ó. (2011) El profesor universitario: sus competencias y formación. Profesorado, Revista de curriculum y formación del profesorado, n.°3, España.
MESTRE GÓMEZ, U. (2016) Criterios para la evaluación del impacto académico de programas de maestría en la modalidad semipresencial, Revista Didasc@lia: Didáctica y Educación, número 5, Universidad de Las Tunas.
MERINO, F. (2005) Libro Blanco del Título de Grado en Derecho. Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, Madrid.
NIETO GÖLLER, R. (2012) Educación virtual o virtualidad de la educación, Revista Historia de la Educación Latinoamericana, n.° 19, Colombia.
PAREDES LABRAC, J. (2010) Usos educativos de la telemática. Departamento de Didáctica y Teoría de la Educación, Universidad Autónoma de Madrid.
PASTOR SÁNCHEZ, J. (2000) La gestión del conocimiento en las universidades. El nuevo documento electrónico de la tabla al hiperdocumento, Scire, n.° 2, España.
PEÑUELAS, L.(1997) La docencia y el aprendizaje del derecho en España. Una perspectiva de Derecho comparado, Editorial Marcial Pons, Madrid.
PRIETO, F. (1985) Principios generales de la educación, Editorial Monte Ávila, Caracas.
Reyes Pérez, J.J. (2017) La educación superior en el siglo XXI: retos y perspectivas,
UNESCO (2009) Conferencia Mundial de Educación Superior 2009: Las Nuevas Dinámicas de la Educación Superior y de la Investigación para el Cambio Social y el Desarrollo, Paris.
UNESCO (2008) Educación para Todos en 2015 ¿Alcanzaremos la meta? Panorama Regional
América Latina y el Caribe. París.
TALIZINA, N. (1992) La formación de la actividad cognoscitiva de los escolares, Editorial Ángeles, México.
SALINAS ARATA, A. (2012) Tesis de Maestría: Las tecnologías de la información y el Derecho, Universidad Pontificia de Perú, Lima.
SALINAS, J. (2004) Innovación docente y uso de las TIC en la enseñanza universitaria, Revista de Universidad y Sociedad del Conocimiento 1, n.°1, España.
SILVERIO, F. (2005) Las TIC: influencia y perspectivas para la educación en el siglo XXI, Revista Pixel Bit, España.
QUESADA, K. y ROONEY, F. (2016) Las incubadoras de abogados para mejorar la enseñanza del Derecho y el acceso a la justicia, Revista Derecho y Cambio Social, n.°44, Perú.
WITKER VELÁZQUEZ, J. (1995) Antología de estudios sobre la enseñanza del Derecho. UNAM, México, Disponible en: hptt//www.juridicas.unam.mx/inst/direc/datper.htm-p=witker.htm
ZAMORA, R. & CAÑEDO, C. & CHAVIANO, M. (2008) La gestión didáctica en la infotecnología. Una experiencia en la Universidad de Cienfuegos, Revista Biblos, n.° 31, España.
1. Licenciado en Ciencias de la Educación. Licenciado en Ciencias Económicas, Políticas y Sociales. Abogado de los Tribunales de la República del Ecuador. Doctor en jurisprudencia. Magíster en Desarrollo curricular. Profesor de Derecho Laboral y Derecho Constitucional. Rector de la Universidad Técnica Estatal de Quevedo. Ecuador. Email: ediaz@uteq.edu.ec, edu66diaz@hotmail.com